Pensión de Sobrevivencia
Se configura cuando el pensionado fallece por razones distintas a un accidente
de trabajo o enfermedad profesional y se entrega siempre que existan beneficiarios
y que el afiliado hubiese cotizado al menos 50 semanas dentro de los 3 años anteriores a
la muerte. Este caso aplica principalmente para hijos, cónyuges y familiares que demuestren una dependencia económica.
Pensión de Vejez
Es a la que se accede cuando la persona completa la edad y las semanas requeridas.
Según la legislación nacional, para poder obtener la pensión actualmente
hay que tener 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres y en cada
caso se deben tener 1.300 semanas cotizadas para cumplir este trámite en Colpensiones
y 1.150 semanas en los fondos privados.
Pensión de Invalidez
Esta se logra cuando el trabajador sufre una enfermedad o un accidente NO laboral, que conlleve
invalidez de por vida (pérdida como mínimo del 50 % de su capacidad laboral).
Para poder obtener esta pensión la persona deberá, además, haber cotizado al menos 50 semanas
dentro de los 3 años anteriores a la fecha del accidente o enfermedad que generó su invalidez.
En cualquier de los anteriores casos, no dude en consultarnos para recibir más información.
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